
Preventiva para el imputado por seis hechos de violencia de género
El primero de los hechos denunciados ocurrió en noviembre del 2023, cuando el sujeto fue a la casa de su expareja y provocó roturas y daños en el auto de la mujer
Este martes se realizó en Trelew una audiencia de control de detención en la que se estableció la prisión preventiva y apertura de investigación contra un hombre imputado por seis hechos de violencia de género.
El Ministerio Público Fiscal, mediante la procuradora de fiscalía Guadalupe Serafini y el abogado de fiscalía Joaquín González, presentó la imputación contra J.E.P.
El primero de ellos ocurrió el 2 de noviembre de 2023 a las 11:30 horas, cuando el imputado se presentó en el domicilio de su expareja y negado ante la decisión de la mujer de finalizar con el vínculo que los unía, rompió la luneta del auto y daño una de sus ruedas.
En ese momento, la damnificada llamó a la policía que acudió cuando el hombre se había ido, pero una vez que los efectivos se retiran, vuelve y se lleva varios elementos, entre ellos un celular, una compactera y documentación. Este hecho ameritó una medida de protección consistente en la prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto por 180 días, que le fue notificada el 7 de noviembre del mismo año.
Asimismo, el mismo 2 de noviembre por la tarde y aprovechando que la víctima había salido con su hija, el agresor reingresó al domicilio y prendió fuego un bolso con prendas, llevándose consigo además una garrafa de quince kilos. Al día siguiente volvió al mismo lugar en forma alterada y cuando la víctima tomó el teléfono para llamar a la policía, el imputado a fin de evitar ello y con el propósito de apoderarse del mismo, se lo sacó de las manos y se retiró del lugar.
Meses después, el 7 de febrero de 2024 cerca de las 18 horas, cuando la víctima se encontraba en su casa vio que el sujeto ingresó sin su consentimiento e incumpliendo la prohibición de acercamiento y contacto vigente, comenzó a pedirle retomar la relación. Ante la negativa de la mujer y en un claro ejercicio de poder y cosificación, ofuscado va a la cocina y toma un cuchillo de grandes dimensiones con el que intenta apuñalarla a la altura del pecho.
En su afán por preservarse, la víctima interpuso sus brazos y resultó lesionada mientras el intruso manifestaba: “Si vos no estás conmigo no vas a estar con nadie más, te voy a prender fuego el auto, la casa y vuelvo para matarte”. Al ver que ella se encontraba sangrando tiró el cuchillo afuera y comenzó a tirar piedras contra la vivienda, impactando una de ellas en la cabeza de la víctima, que logra comunicarse con la policía para pedir ayuda.
Posteriormente, el 5 de abril, el imputado ingresó sin autorización al domicilio incumpliendo la manda de prohibición de acercamiento y contacto y el 6 de abril regresó y se apoderó de documentos, la tarjeta verde del automóvil, rompió los vidrios y se retiró del sitio.
El último hecho se registró el 31 de mayo aproximadamente a las 21 horas, cuando la víctima se encontraba en su domicilio junto a sus dos hijas menores y el hombre ingresó intempestivamente, comenzó a insultarla, le quitó el teléfono celular y lo golpeó con un fierro hasta romperlo.
Tras detallar cada hecho, se remarcó que el imputado y la víctima mantuvieron una relación de pareja pública y estable que estuvo signada por la violencia desplegada por el hombre.
La calificación provisoria es por daño y hurto como autor en concurso real, todo enmarcado en la Ley 26.485 para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres, en el caso del primer hecho, daño y hurto en carácter de autor enmarcado en Ley 26.485 para el segundo de los sucesos, hurto en el hecho tres, desobediencia, lesiones leves agravadas por el vínculo y mediar violencia de género, amenazas agravadas por utilización de arma y violación de domicilio en carácter de autor y concurso real enmarcado en Ley 26.485 en lo que refiere al cuarto hecho, en el quinto violación de domicilio, dos hechos de desobediencia, hurto y daño en carácter de autor y concurso real para el quinto de los hechos, y para el sexto daño y violación de domicilio como autor y en concurso real, en el marco de la Ley 26.485.
Tras escuchar lo expuesto, el juez Marcos Nápoli tuvo en cuenta y valoró los elementos colectados por el Ministerio Público Fiscal para determinar la gravedad de los hechos, los antecedentes del imputado que cuenta con una condena por desobediencia en perjuicio de la misma víctima y la existencia de los riesgos procesales argumentados por la procuradora de fiscalía.
Con esto en consideración, resolvió la apertura de investigación de acuerdo a las calificaciones expuestas y la prisión preventiva de J.E.P., defendido en la oportunidad por Custodio Gómez, por el término de cuatro meses, lapso en el cual se revisará la situación de acuerdo al avance de la acusación correspondiente.