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El Gobierno desregulará el transporte automotor de larga y media distancia

El Gobierno Nacional publicará mañana en el Boletín Oficial el decreto que desregula el transporte automotor de larga y media distancia, que permitirá el libre establecimiento de recorridos, ho...

El Gobierno Nacional publicará mañana en el Boletín Oficial el decreto que desregula el transporte automotor de larga y media distancia, que permitirá el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas.

La medida, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, reemplaza una norma con más de 30 años de antigüedad (el decreto 958/92 y sus modificatorias) y tiene por objetivo “la liberalización, modernización y desregulación del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual”, según comunicaron desde la cartera conducida por Franco Mogetta.

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En esta línea, se creará el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, de acceso público, sin costo y online, “para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia”.

Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la metodología de “Silencio Positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

De este modo, llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trámite, se concede y autoriza para agilizar el procedimiento. “Es importante destacar que se mantienen las exigencias en materia de seguridad ya establecidas en la normativa vigente”, dijeron en un comunicado.

A partir de esta norma se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, lo que generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios.

A su vez, tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje. En este punto, no se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.

La autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.

Consultadas por LA NACION fuentes del sector dijeron que con el decreto se termina el servicio público de larga distancia y lo que habrá de ahora en más será un registro de operadores que no tendrán obligaciones en términos de recorridos, horarios, frecuencias, etc. “Naturalmente, va a haber más oferta en los destinos o en los corredores donde hay más demanda, pero no se sabe qué va a pasar en los lugares donde no hay tanta y antes el sistema público te obligaba a ir”, explicaron.

Por otro lado, también señalaron que desaparecerán los precios máximos en las tarifas en el ómnibus de larga distancia que antes establecía el Estado y que el ingreso de nuevos jugadores más que agrandar la torta puede llevar a una “precarización del sector”.

“Por lo que sabemos esto va a permitir que prácticamente cualquiera se ponga a operar servicios de larga distancia, con lo que un monotributista con un combi va a poder hacer lo mismo que Flechabus que tiene 300 colectivos, bases operativas y sistemas de capacitación de personal. Le hemos pedido al Gobierno que establezca ciertas barreras de entrada que garanticen la seguridad en la prestación del servicio, pero ahora hay que esperar a ver la reglamentación”, agregaron.

El decreto 958/92 establecía un sistema de transporte federal dual, en donde convivían dos sistemas: uno regulado, compuesto por servicios de transporte público, y uno más bien desregulado, con menos regulaciones, compuesto por los servicios de tráfico libre y servicios ejecutivos. Sin embargo, en 1998, se dictó la resolución 307/98 de la Secretaría de Transporte que suspendió el otorgamiento de nuevos permisos de tráficos libres y ejecutivos con el objetivo de no sumar más competencia que vaya en desmedro de los servicios públicos. Es decir, que se cerró el sistema.

Ahora ya no será un registro cerrado con permisos especiales para cada tramo, sino que cualquier empresa habilitada para el transporte de personas podrá realizar cualquier tramo con sólo estar inscripta en el Registro.

La Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (Linti) seguirá vigente hasta la implementación de las medidas y luego su función será canalizada por la Licencia Nacional de Conducir acorde a la categoría que corresponda (B, C, E o D). El examen psicofísico y las capacitaciones se delegarán en las jurisdicciones locales con prestadores también locales, previa autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/el-gobierno-desregulara-el-transporte-automotor-de-larga-y-media-distancia-nid06102024/

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