LOCALES

Condenaron al hombre que chocó con su camión el auto donde iba su ex

El hecho ocurrió en febrero del 2022, cuando el imputado embistió dos veces el vehículo en el que se trasladaban la víctima con su novio y cuatro amigos.

A un año y ocho meses de chocar con su camión el auto en el que iba su expareja junto a su novio y cuatro amigos, en Comodoro Rivadavia, Franco Almonacid fue condenado a diez años de prisión por tentativa de homicidio agravado por el vínculo, seis hechos en concurso ideal.

El veredicto se dictó por unanimidad por el tribunal del debate, integrado por las juezas penales Lilian Borquez, María Laura Martini y Raquel Tassello. El Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general y la querella por Juan Manuel Irusta. En cuanto a la defensa, fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular de Almonacid.

Ante el magistrado, la fiscalía y la querella solicitaron que se le aplique la pena de 13 años de prisión, mientras que la defensa requirió el mínimo de la pena para estos casos, que es de 10 años.

Pasado el mediodía del jueves, el tribunal comunicó su veredicto y detalló las condiciones que tuvieron en cuenta para llegar al mismo. En primer término, declararon la nulidad de los alegatos finales de la querella y consideraron desistida la misma por falta de conclusiones finales.

Continuando, consideraron por unanimidad que no hubo agravantes en la causa, y como única atenuante tuvieron en cuenta la falta de antecedentes computables del imputado.

En cuanto a la naturaleza de la acción, la gravedad de los hechos, embestir dos veces con un vehículo mayor en contra de uno menor, sabiendo el daño que podía producir, asiste razón a la defensa de que se encuentra dentro de los elementos de una tentativa de homicidio. Lo mismo ocurre con el medio empleado.

Respecto a la extensión del daño y el peligro causado, entendieron que “las fotografías no han acreditado las lesiones” de las víctimas, considerando que el daño del vehículo y las lesiones quedan absorbidas por la tentativa de homicidio ya que son figuras residuales. Lo mismo ocurre con la extensión del peligro, queda incluido dentro de la tentativa. La actitud de Almonacid, posterior al hecho fue analizado por el tribunal como indicio de autoría.

Por último, consideraron las condiciones personales del imputado como elementos neutros para la pena.

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